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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0194/2006
Fecha: 2008-08-27
Carátula: SPECIALE GLORIA STELLA C/ GRAZIANO ROSANA MABEL Y OTRA S/ DESALOJO
Descripción: EMB. SUELDO-CUENTAS BANCARIAS
EXPTE. No.: 0194/2006
CARATULA:SPECIALE GLORIA STELLA C/ GRAZIANO ROSANA MABEL Y OTRA S/ DESALOJO
Viedma, agosto de 2008.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe ROSANA MABEL GRAZIANO como empleada del Ministerio de Acción Social hasta cubrir la suma de $ 1.222 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 210 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que las accionadas tengan o tuvieren en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto en el Banco Patagonia S.A., Banco Nación, Banco Macro S.A. y Banco Santander S.A., hasta cubrir la suma de $ 1.222 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 210 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficios a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro