Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0259/81/6

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-27

Carátula: OLIVERO ALDO JORGE S/ SUCESION

Descripción: CORRE TRASLADO. VISTA A RENTAS

EXPTE. Nº 0259/81/6

CARATULA: OLIVERO ALDO JORGE S/ SUCESION

Viedma, agosto de 2.008.-

1.- Agréguese la boleta de depósito y de lo expuesto córrase traslado a la restante heredera, sra. Stella Maris Olivero, por el término de ley, haciéndose saber que en caso de silencio o negativa, deberán ocurrir por la vía y forma correspondiente.-

A tal fin, deberá acompañarse la copia para traslado correspondiente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 120 C.Pr.-

2.- Con respecto a la regulación de honorarios peticionada, oportunamente. Sin perjucio de ello, conforme lo expresado respecto a los honorarios del Dr. Gaitán en el punto III del escrito a despacho, hágase saber a los peticionantes que deberán acompañar la conformidad del mismo.-

3.- A los fines que se expida con relación a los sellados, pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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