include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0626/2008
Fecha: 2008-08-27
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ VIVANCO HERRERA STELLA MARIS S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO SUELDO
EXPTE. Nº 0626/2008
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ VIVANCO HERRERA STELLA MARIS S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2.008.-
Atento el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que percibe la demandada STELLA MARIS VIVANCO HERRERA en las proporciones de ley, como empleada del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 1.491 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 208 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al mencionado Organismo, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro