Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23132/08

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-27

Carátula: SAEZ, MARCELO ALEJANDRO S/ INDULTO

Descripción: A.I. (Of.)

///MA, 27 de agosto de 2008.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "SAEZ, MARCELO ALEJANDRO S/ INDULTO" (Expte. N° 23132/08-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 inc. b de la Ley N° 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 inc. 4 de la Constitución Provincial, y - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO:- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - Los señores Jueces doctores Alberto I. BALLADINI y Víctor H. SODERO NIEVAS y dijeron:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ----- Que a fs. 59 Marcelo Alejandro Saez, nacido en Neuquén (Capital) el 10 de octubre de 1968, actualmente gozando el beneficio de libertad condicional, se presenta ante el Sr. Gobernador de esta Provincia, solicitando una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera.- - - - - - - - - - - -

----- En fecha 30/08/2001 la Cámara Segunda en lo Criminal -Expte. N° 1.881/00/C.C.IIa.- de la IIa. Circunscripción Judicial, procede a condenar al nombrado a la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por considerarlo autor del delito de PROMOCIÓN A LA CORRUPCION DE MENORES AGRAVADA POR EL VINCULO (conf. fs. 06/12).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

----- Según informe proporcionado por la Sra. Secretaria del Tribunal sentenciante de fs. 14, el encartado en autos, fue detenido con fecha 26/05/2000. Por lo tanto, vence la pena impuesta el 25/05/2010. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

----- Con fecha 24/05/2005 este Cuerpo informa desfavorablemente ante una petición similar a la presente (fs. 52/54).- - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -

-----El informe socio ambiental de fs. 62/64 de fecha 31/07/2008 hace referencia a que durante la entrevista se ha mostrado abierto al diálogo y a la reflexión. Se ha podido observar una actitud madura. Finaliza destacando que si bien el Sr.Saez ha mantenido hasta este momento una conducta socialmente aceptada, cumpliendo con todas las obligaciones impuestas, se considera que no es oportuno todavía otorgar el beneficio solicitado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ----- Pasando a considerar la petición efectuada, considerando lo que reiteradamente este S.T.J. ha manifestado respecto al carácter excepcional de la medida intentada, y dado el hecho atribuido al condenado, determinamos informar desfavorablemente a dicho pedido y en consecuencia continuar con el tratamiento que se le dispensa.- ASI VOTAMOS. - - - - - - - - - - - - - - -

-----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Informar desfavorablemente respecto a una rebaja en la pena impuesta a MARCELO ALEJANDRO SAEZ. - - - - - - - - - - - - -

Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas y oportunamente archivar. - - - - - - - - - - - - - - -

----- CONSTANCIA: Que no participa de la presente el señor Juez Dr. Luis Lutz por encontrarse de licencia por razones de salud (Resolución Nro. 359/08). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Fdo.:ALBERTO I. BALLADINI JUEZ VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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Poder Judicial de Río Negro