Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23099/08

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-27

Carátula: FERNANDEZ, NICOLAS SEBASTIAN S/ INDULTO

Descripción: A.I. (Of.)

///MA, 27 de agosto de 2008.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "FERNANDEZ, NICOLAS SEBASTIAN S/ INDULTO" (Expte. N° 23099/08-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 Inc. b) de la Ley 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 Inc. 4to. de la Constitución Provincial, y - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Los señores Jueces doctores Víctor Hugo Sodero Nievas y Alberto Italo Balladini, dijeron:.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

----- Que a fs. 4 la Sra. María Magdalena Cotaro, madre de NICOLAS SEBASTIAN FERNANDEZ, nacido en Bariloche el 16-10-1987, actualmente internado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 1 de Viedma, se presenta ante el Sr. Gobernador de esta Provincia, solicitando una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera a su hijo.- - - - - - - - - - - - -

----- Al encartado en autos le dictaron la siguiente Resolución: En fecha 09/10/07 la Cámara Segunda en lo Criminal de Bariloche en Expte N° D. 032/07, lo condena por considerarlo autor de los delitos de ROBO CON ARMA DE FUEGO EN GRADO DE TENTATIVA y ABUSO DE ARMAS, en la pena unica de TRES (3) AÑOS y OCHO (8) MESES de prisión (fs. 11/12).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

----- Según el cómputo de pena practicado por la Sra. Secretaria del Tribunal sentenciante a fs. 13, el encartado fue detenido el 04-04-2007 y agota la pena impuesta el 02-12-2010.- - - - - - - -

----- En el informe carcelario de fs. 18, de fecha 03-06-2008 se establece que el interno está incorporado a la Fase de Consolidación de la Progresividad del Régimen Penitenciario. Calificado con conducta y concepto BUENOS, numeral SEIS (6). Que el interno no registra sanciones disciplinarias y que analizados de manera pormenorizada y exhaustiva los antecedentes personales y criminológicos, se resuelve dar curso favorable a la solicitud planteada.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

----- A fs. 24/25 se encuentra el dictamen de la Comisión prevista por el art. 5° del Decreto N° 1771/91 en el cual se señala que no presentan objeciones al otorgamiento de la solicitud, se considera que la reducción de la pena tendría un impacto subjetivo favorable estimulando al interno para seguir adelante con su tratamiento penitenciario y por intermedio del mismo rehabilitarse. Finaliza dictaminando favorablemente.- - - -

----- De las constancias obrantes en autos, y en este caso en particular, tanto el Consejo Correccional del Centro de Detención, como la Comisión Evaluadora (art.5° Dto.N° 1771/91) son coincidentes en dictaminar favorablemente respecto a una rebaja de pena. Siendo evidente que existe una positiva evolución respecto del condenado. Entendiendo que el presente será un fuerte estímulo en el solicitante ante su anhelada libertad; y en virtud de que su conducta y concepto, son los únicos referentes que tiene este Cuerpo para analizar y proyectar así, una posible reinserción social del mismo; y con el convencimiento que una mínima rebaja en su condena operará en él como incentivo para conformar una personalidad fortalecida, logrando una adaptabilidad social a corto plazo, es nuestro criterio expedirnos, por el momento, favorablemente a lo solicitado. ASÍ VOTAMOS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

----- Por ello;

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E

Primero: Informar favorablemente respecto a una rebaja en la pena impuesta a NICOLAS SEBASTIAN FERNANDEZ.- - - - - -- - - - - - - -

Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas, y oportunamente archivar.- - - - - - - - - - - - - - -

CONSTANCIA: Que no participa de la presente el señor Juez Dr. Luis Lutz por encontrarse de licencia por razones de salud (Resolución Nro. 359/08).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ALBERTO I. BALLADINI JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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Poder Judicial de Río Negro