Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37737

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-26

Carátula: ORTIZ Silvia c/ESTEBAN Alejandro y otra S/ Ordinario

Descripción: Acta Audiencia Prueba

Autos: "ORTIZ Silvia c/ESTEBAN Alejandro y otra S/ Ordinario" (Expte. Nro. 37737)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 26 de agosto de 2008, a las 9 horas, comparecen ante SS, se abre el acto y se deja constancia de la comparecencia del Dr. Juan Pablo Urquiaga apoderado de la parte actora, el Dr. Alejandro Esteban, con la asistencia de su letrado apoderado Dr. Raúl Edgardo Franco quien lo hace a su vez por la Compañía Aseguradora cita en garantía. Abierto el acto se deja constancia que habiéndose agregado la pericia médica fs. 464/9 a último momento sin que las partes puedan ejercer el derecho de su control y eventual impugnación solicitan de común acuerdo que se de la posibilidad de la sustanciación de la misma por ser una de las pruebas esenciales del proceso, lo que se tiene presente y siendo la misma de caracter técnico lo que requiere una evaluación para su intrepetación adecuada, se hace lugar, entregándose la copias en esta instancia a cada una de las partes, las que contarán con cinco días a partir de la fecha para su evaluación. En este acto se desiste de la confesional del Dr. Esteban por parte de la actora y las testimoniales ofrecidas por el demandado Dr, Pilalffi, Vicente y Delgado. Comparecen en calidad de testigos la Sra. Rosa Adela Rosa Quiroga D.N.I 6.417.749, viuda, enfermera, domiciliada en Chula Vista 565 de General Roca. Paola Andrea Aramendi, no habiendo traido el documento de identidad se le otorga el plazo de dos días para que lo exhiba en la Secretaría y se deja constancia por acta, recordando el DNI 30.395.903, argentina, soltera, estudiante, domiciliada actualmente en América 1677 de General Roca. Comparece FABIANA ELISA VASQUEZ D.N.I. 28.402.231, argentina, mayor de edad, soltera, empleada doméstica, domiciliada actualmente en Montevideo 1857 de General Roca. En este estado pide la palabra el Dr. Urquiaga y manifiesta que atento no haber concurrido el testigo Adalberto Fernandez, estando debidamente notificado a fs. 463 pìde se lo cite por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fije por el Tribunal para el día 02 de octubre de 2008 a las 9.30 hs. para su cumplimiento líbrese oficio a la -Autoridad Policial correspondiente. En este estado y atento a que las pericias no son acompañadas con un tiempo prudencial antes de esta audiencia, sin perjuicio de la diligencia que han empleado las partes, estas solicitan que habiéndose fijado complementaria para un testigo se vea la posibilidad de que puedan concurrir los peritos médicos para que den explicaciones en la misma audiencia, lo que se tiene presente y atento los argumentos expuestos se hace lugar a lo solicitado con la advertencia de que el pedido de explicaciones debe estar en Secretaría como mínimo cinco días antes de la audiencia para que pueda notificarse a tiempo a los profesionales citados. No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

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Poder Judicial de Río Negro