Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0221/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-21

Carátula: CAMPORA JORGE EDUARDO C/ ANNACARATTO FRANCISCO ANGEL Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: ACTA AUDIENCIA ART. 489 del C. Pr.

EXPTE. Nº 0221/2005

CARATULA: CAMPORA JORGE EDUARDO C/ ANNACARATTO FRANCISCO ANGEL Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 21días del mes de septiembre de 2.005, siendo las 10:00 horas, comparecen ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos, el Dr. Jorge Eduardo Cámpora, D.N.I. N° 7.399.183 por su propio derecho y el Sr. Francisco Angel Annaratto, D.N.I. N° 5.489.047 y Roberto Raúl Duarte, D.N.I. N° 11.533.877 junto a su letrado patrocinante Dr. Manuel Maza, quien también lo hace como apoderado de la aseguradora "Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros" a la audiencia dispuesta por el art. 489 del C. Pr. Abierto el acto por el Sr. Juez y luego de dialogar con las partes, las misman manifiestan que han arribado al siguiente acuerdo: 1) La compañía de Seguros "Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros" abonará a la parte actora, Dr. Jorge Eduardo Cámpora la suma de pesos CUATRO MIL QUINIENTOS ($4.500) que comprende todos los conceptos del presente juicio. 2) Que dicha suma incluye los honorarios de los abogados de la parte actora Jorge Eduardo Cámpora y Guillermo Cámpora, en forma conjunta, en la suma de pesos cuatrocientos cincuenta ($450). 3) Que dicho pago será efectuado extrajudicialmente el día 15 de Octubre del corriente año. 4) Que este acuerdo tiene fuerza ejecutiva. 5) Que las costas serán soportadas por la citada en garantía "Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros". 6) Que los honorarios de los letrados de la parte demandada se solicitan se fijen judicialmente. Con lo que terminó el acto, firmando los comparecientes, previa lectura y ratificación de lo actuado, por ante mí y después de hacerlo el sr. Juez de lo que doy fe.-

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