Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35796

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-25

Carátula: INDAVER Eduardo Juan Alberto c/ARRIAGADA Margarita del Carmen S/ Ordinario

Descripción: a cedula

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CEDULA DE NOTIFICACION

MARGARITA DEL CARMEN ARRIGADA

OMAR RUBEN JURGEIT

DON BOSCO 1890

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “INDAVER EDUARDO J.A. C/ARRIAGADA MARGARITA DEL C. S/SUMARIO” (35.796-III-03) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la resolución que dice:General Roca, 22 de agosto de 2008...FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por EDUARDO JUAN ALBERTO INDAVER contra MARGARITA DEL CARMEN ARRIAGADA, condenando en consecuencia a ésta última a otorgar la escritura de dominio en favor del primero, respecto del inmueble individualizado como parcela 16, manzana 433, sección D, D.C. 05-I-D-433-16 de la ciudad de General Roca, Pcia de Río Negro, en el plazo de treinta días de su notificación, bajo apercibimiento de otorgarla la suscripta en su nombre y a su costa. Imponer las costas de este juicio a la demandada.-Difiérese la regulación de honorarios, hasta tanto se alleguen elementos estimativos a ese fin.- Notifíquese y regístrese.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

Se acompaña copia de fs. 434/7

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 25 de agosto de 2008.-

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María del C. Villalba

Secretaria

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CEDULA DE NOTIFICACION

INDAVER EDUARDO

DR.RODOLFO PONCE DE LEON

VILLEGAS 1274

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “INDAVER EDUARDO J.A. C/ARRIAGADA MARGARITA DEL C. S/SUMARIO” (35.796-III-03) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la resolución que dice:General Roca, 22 de agosto de 2008...FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por EDUARDO JUAN ALBERTO INDAVER contra MARGARITA DEL CARMEN ARRIAGADA, condenando en consecuencia a ésta última a otorgar la escritura de dominio en favor del primero, respecto del inmueble individualizado como parcela 16, manzana 433, sección D, D.C. 05-I-D-433-16 de la ciudad de General Roca, Pcia de Río Negro, en el plazo de treinta días de su notificación, bajo apercibimiento de otorgarla la suscripta en su nombre y a su costa. Imponer las costas de este juicio a la demandada.-Difiérese la regulación de honorarios, hasta tanto se alleguen elementos estimativos a ese fin.- Notifíquese y regístrese.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

Se acompaña copia de fs. 434/7

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 25 de agosto de 2008.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

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CEDULA DE NOTIFICACION

INDAVER EDUARDO

DR. ADOLFO MARTINEZ, ELIZABETH QUESADA Y SUSANA SANCHEZ DE FISELSON

ARTIGAS 512

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “INDAVER EDUARDO J.A. C/ARRIAGADA MARGARITA DEL C. S/SUMARIO” (35.796-III-03) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la resolución que dice:General Roca, 22 de agosto de 2008...FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por EDUARDO JUAN ALBERTO INDAVER contra MARGARITA DEL CARMEN ARRIAGADA, condenando en consecuencia a ésta última a otorgar la escritura de dominio en favor del primero, respecto del inmueble individualizado como parcela 16, manzana 433, sección D, D.C. 05-I-D-433-16 de la ciudad de General Roca, Pcia de Río Negro, en el plazo de treinta días de su notificación, bajo apercibimiento de otorgarla la suscripta en su nombre y a su costa. Imponer las costas de este juicio a la demandada.-Difiérese la regulación de honorarios, hasta tanto se alleguen elementos estimativos a ese fin.- Notifíquese y regístrese.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 25 de agosto de 2008.-

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María del C. Villalba

Secretaria

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