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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0573/2008
Fecha: 2008-08-22
Carátula: OJEDA CARLOS EDUARDO ORFILIO C/ OJEDA EDUARDO S/ IMPUGNACION DE PATERNIDAD - FILIACION
Descripción: GESTOR - HAGASE SABER
EXPTE. Nº 0573/2008
CARATULA: OJEDA CARLOS EDUARDO ORFILIO C/ OJEDA EDUARDO S/ IMPUGNACION DE PATERNIDAD - FILIACION
Viedma, agosto de 2008.-
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Hágase saber al profesional interviniente que atento el estado y constancias de autos, a los fines de la continuidad del proceso, deberá peticionar concretamente medida que estime corresponder.-
s.b.s.
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro