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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0420/2008
Fecha: 2008-08-22
Carátula: CANULLAN FLORENTINA S/ SUCESION
Descripción: HONORARIOS
EXPTE. Nº : 0420/2008.-
CARATULA: "CANULLAN FLORENTINA S/ SUCESION".-
VIEDMA, agosto de 2008.-
Conforme lo peticionado, homológase el acuerdo presentado, quedando establecidos los honorarios profesionales del Dr. Fernando O. Ruiz en la suma de $ 1.500 por los trabajos comunes y comprensiva hasta las tareas correspondientes a las respectivas inscripciones, con cargo a la sucesión. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Asimismo, atento la intervención en los presentes autos del Dr. Arias (fs. 6), a los fines de regular honorarios y considerando que las notificaciones de fs. 101/104 no son válidas, señálase nueva audiencia para el día 6 de octubre de 2008 a las 10 horas, previa denuncia de los herederos del Dr. Angel Cayetano Arias y sus domicilios reales.-
Notifíquese.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro