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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 11976III
Fecha: 2008-08-22
Carátula: GRISPINO Alberto s/Sucesión S/ Reconstrucción
Descripción: providencia
General Roca, 22 de agosto de 2008.-
Tengase por contestado el traslado conferido.-
Líbrese oficio al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Mineria Nº 1 de la ciudad de Cipolletti, para que transfiera toda suma que corresponda al causante de estos autos, al Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca, a la orden del Tribunal y a la cuenta de autos.-
Asimismo notifíquese a la Municipalidad de Cipolletti que deberá abstenerse de efectuar pagos extrajudiciales bajo apercibimiento de nulidad.- Para su notificación librese oficio.-
Al pedido de pronto Despacho, estese a lo proveido precedentemente.-
Cumplase con la VISTA A RENTAS.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro