Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0281/94/5

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-20

Carátula: NUÑEZ MARIO DANIEL Y QUINTANA ANA MARIA S/ DIVORCIO VINCULAR

Descripción: expide test. gestor

EXPTE. Nº 0281/94/5.-

CARATULA: NUÑEZ MARIO DANIEL Y QUINTANA ANA MARIA S/ DIVORCIO VINCULAR.-

Viedma, agosto de 2.008.-

Por reintegradas las actuaciones principales. Agréguese la media carátula a sus antecedentes.-

Proveyendo a fs. 37:

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Atento a lo solicitado y el estado de los presentes obrados, expídase testimonio de la sentencia recaída en autos y su respectiva inscripción obrante a fs. 32.-

jc

Alejandro J.E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro