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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0486/2008
Fecha: 2008-08-20
Carátula: CONTRERA GUSTAVO ANDRES Y OTRA C/ MILLAGUAN LUIS S/ DESALOJO
Descripción: SE ORDENA NUEVA NOTIF. NO SE CUMPLIO ARTS. 683/4
EXPTE. Nº:0486/2008
CARATULA: "CONTRERA GUSTAVO ANDRES Y OTRA C/ MILLAGUAN LUIS S/ DESALOJO".-
Viedma, agosto de 2008.-
Agréguense. Advirtiéndose que en la diligencia realizada a fs. 27 vta. no se ha dado cumplimiento con las previsiones establecidas en los arts. 683 y 684 del C.Pr., líbrese nueva cédula, la que deberá limitarse únicamente a identificar a todos los ocupantes del inmueble e informar el carácter que invoquen los mismos, a quienes en el mismo acto los emplazará a ejercer sus derechos dentro del plazo para contestar la demanda y haciéndoles saber que la sentencia que se dicte producirá efectos contra ellos, todo conforme lo previsto en los arts. 683 y 684 del C.Pr..-
Sin perjuicio de ello, hágase saber al oficial notificador que deberá dar estricto cumplimiento con las disposiciones que rigen tal cuestión.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro