Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37443

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-19

Carátula: RAMASCO Carlos c/ GILES Manuel y SALINAS Adela C. S/ Ordinario

Descripción: Resolución

General Roca, 19 de agosto de 2008-

Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: “ RAMASCO CARLOS c/ GILES MANUEL Y SALINAS ADELA C. s/ ORDINARIO (Expte. 37443 -III- 06).-

CONSIDERANDO: Habiendo advertido del análisis de la causa, que la misma tiene estrecha conexión con el interdicto que los demandados interponen a su vez contra otros ocupantes respecto del mismo inmueble, cuya reivindicación se solicita, cabe dejar sin efecto el auto para sentencia, hasta que este último expediente se encuentre en estado de resolver. Esta decisión se impone a fin de evitar nulidades y sentencias contradictorias.-

En efecto, el actor promueve en estos autos contra Manuel Giles y Adela Concepción Salinas la acción de reivindicación para recuperar en forma total, la posesión de una fracción de campo, ubicada en la Provincia de Río Negro, identificada como Sección XXVI, fracción B, la que a su vez forma parte del lote 18 D.C. 05-6-360620. En el Interdicto de Retener promovido por Adela Concepción Salinas y Manuel Giles contra Héctor y Julio César Almendra la pretensión se dirige a fin de retener el inmueble designado como lote 18 leguas, C y D, Sección XXVI, D.C. 05-6-360620, conjuntamente con otro inmueble que se identifica como D.C. 05-6-360540. A su vez, este expediente se encuentra acumulado por conexidad al Interdicto de Recobrar promovido por Héctor y Julio César Almendra contra Salinas y Giles (Expte 37965-III-07).-

Por lo expuesto, y lo dispuesto por los arts.188, 190 y 194 del CC.-

RESUELVO:Ordenar la acumulación por conexidad de esta causa a los autos caratulados :"Salinas Adela C. y otro c/ Almendra Héctor y otro s/ Interdicto de Retener (Expte 37706- III-06). Dejar sin efecto el auto para sentencia hasta tanto se encuentren estos últimos en estado de resolver.-

NOTIFIQUESE por secretaría y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro