Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 29982III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-19

Carátula: AGUAYO Constantino c/LAGOS Dagoberto y O. S/ Sumario

Descripción: providencia

General Roca, 19 de agosto de 2008.-

I.- Tengase presente la ratificación de gestion.-

II.- Librese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que proceda a trabar embargo sobre los fondos que tenga depositada la Provincia de Rio Negro hasta cubrir las sumas de $ 11.362,10 que se reclaman en concepto de capital con mas la de $ 4.000.- que se presuponen para costas, las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas a la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca.- Se deja constancia que el embargo no podrá superar el 20% de las sumas que tenga depositadas la embargada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro