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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38609
Fecha: 2008-08-15
Carátula: NEIROT Carlos Alberto S/ Sucesión Testamentaria (Ex 1672-XI-03)
Descripción: providencia regulación
//neral Roca, 15 de AGOSTO de 2008.=
1.- Agreguese.-
2.- Tengase por cumplido lo requerido a fs. 74 ultimo parrafo.-
3.- Regulo los honorarios profesionales del Dr. Rodrigo Iglesias Llanos en la suma de $ 3.200.- a cargo de su representada que corresponden a parte de la tercer etapa y respecto del inmueble 05-K-334/05(M.B. $ 69.213,52 arts. 6, 7, 24 y 43 Ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas en la causa y el resultado obtenido a traves de aquella.- ( arts. 6, 6 bis, y 7 de la ley 2212).-
Hagase saber que previo a ordenar el oficio al Registro de la Propiedad Inmueble para la inscripción del inmueble, deberá cumplirse con la ley 869 y acompañar libres deudas de Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas del bien cuya inscripción se persigue.-
Notifiquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro