Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38609

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-15

Carátula: NEIROT Carlos Alberto S/ Sucesión Testamentaria (Ex 1672-XI-03)

Descripción: providencia regulación

//neral Roca, 15 de AGOSTO de 2008.=

1.- Agreguese.-

2.- Tengase por cumplido lo requerido a fs. 74 ultimo parrafo.-

3.- Regulo los honorarios profesionales del Dr. Rodrigo Iglesias Llanos en la suma de $ 3.200.- a cargo de su representada que corresponden a parte de la tercer etapa y respecto del inmueble 05-K-334/05(M.B. $ 69.213,52 arts. 6, 7, 24 y 43 Ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas en la causa y el resultado obtenido a traves de aquella.- ( arts. 6, 6 bis, y 7 de la ley 2212).-

Hagase saber que previo a ordenar el oficio al Registro de la Propiedad Inmueble para la inscripción del inmueble, deberá cumplirse con la ley 869 y acompañar libres deudas de Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas del bien cuya inscripción se persigue.-

Notifiquese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro