Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34906

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-15

Carátula: DETLEFS Fernando en: PADELLARO José s/Apelac. S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: Regulacion

//neral Roca, 15 de AGOSTO de 2008.=

Téngase presente y hágase saber el dictámen de Caja Forense.

Regulo los honorarios del Dr. Javier Ottaviano por su actuación a fs. 15, en la suma de $ 25.- los del Dr. Héctor Trapaga (fs.87) en la suma de $ 50.-. (M.B. $ 1544,60.- .planilla de fs. 74 y 83 arts. 6, 7 y 19 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro