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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34906
Fecha: 2008-08-15
Carátula: DETLEFS Fernando en: PADELLARO José s/Apelac. S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: Regulacion
//neral Roca, 15 de AGOSTO de 2008.=
Téngase presente y hágase saber el dictámen de Caja Forense.
Regulo los honorarios del Dr. Javier Ottaviano por su actuación a fs. 15, en la suma de $ 25.- los del Dr. Héctor Trapaga (fs.87) en la suma de $ 50.-. (M.B. $ 1544,60.- .planilla de fs. 74 y 83 arts. 6, 7 y 19 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro