Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0115/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-14

Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ HARO OLGA DEL CARMEN S/ EJECUTIVO

Descripción: LEVANTA EMBARGO

EXPTE. Nº : 0115/2002.-

CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ HARO OLGA DEL CARMEN S/ EJECUTIVO.-

Viedma, agosto de 2008.-

Agréguese.-

Previo a lo peticionado y teniendo en cuenta el estado de autos, levántese el embargo decretado a fs. 50. A los fines de la toma de razón, líbrese el correspondiente oficio al Consejo Provincial de Educación.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro