Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33053III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-14

Carátula: TORTI de Ambrosini Catalina c/FLORES Alejandro y otro S/ Ordinario

Descripción: Ordena continuar embargo

//neral Roca, 14 de agosto de 2008.-

Téngase presente y siendo que el bien a embargo se encontraba ya denunciado (fs. 339) registrándose en autos depósitos efectuados por la empleadora, líbrese oficio a la firma ZETONE Y SABBAG S.A. haciéndose saber que deberá continuar con el embargo de sueldos del demandado JUAN BAUTISTA NEBOLI en el porcentaje de ley como asimismo sobre toda comisión, o sobre cualquier otra suma que tenga a percibir el mismo hasta cubrir la suma de $ 41.549,06 en concepto de capital con más la suma de $ 20.000.- calculados para intereses y costas. Los fondos deberán ser depositados en la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, como pertenencientes a estos autos y a la orden del Tribunal.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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