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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33053III
Fecha: 2008-08-14
Carátula: TORTI de Ambrosini Catalina c/FLORES Alejandro y otro S/ Ordinario
Descripción: Ordena continuar embargo
//neral Roca, 14 de agosto de 2008.-
Téngase presente y siendo que el bien a embargo se encontraba ya denunciado (fs. 339) registrándose en autos depósitos efectuados por la empleadora, líbrese oficio a la firma ZETONE Y SABBAG S.A. haciéndose saber que deberá continuar con el embargo de sueldos del demandado JUAN BAUTISTA NEBOLI en el porcentaje de ley como asimismo sobre toda comisión, o sobre cualquier otra suma que tenga a percibir el mismo hasta cubrir la suma de $ 41.549,06 en concepto de capital con más la suma de $ 20.000.- calculados para intereses y costas. Los fondos deberán ser depositados en la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, como pertenencientes a estos autos y a la orden del Tribunal.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro