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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0887/2007
Fecha: 2008-08-12
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO (S.A.E.R.S.A.) S/ ORDINARIO
Descripción: PROVEE PRUEBA - NO FIJA AUDIENCIA ART. 368 DEL C.PR.
EXPTE. Nº 0887/2007
AUTOS: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO (S.A.E.R.S.A.) S/ ORDINARIO
Viedma, agosto de 2.008.-
Atento al estado de autos, lo peticionado en el escrito a despacho, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 179, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA (Provincia de Río Negro)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
PERICIA CONTABLE: A los fines de designar el perito contador que actuará en autos, fíjase audiencia para el día 5 de septiembre a las 10.30 horas. Notifíquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-
Tiénese presente el ofrecimiento de consultora técnica de la parte actora a la sra. María José Gilardi.-
Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro