Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0356/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-12

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ LUCIANO JAVIER AGUSTIN S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO

EXPTE. Nº: 0356/2007.-

CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ LUCIANO JAVIER AGUSTIN S/ EJECUTIVO".-

Viedma, agosto de 2.008.-

Agréguese.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 41 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma, adecuada que fuera conforme los pagos denunciados a fs. 22 y los parámetros de sentencia en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 117 en concepto de intereses de capital y honorarios, sellado del pagaré (50 %) y aporte a Caja Forense, al 30/06/08.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, LUCIANO JAVIER AGUSTIN como empleado de la Legislatura de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 117 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 60 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Marcela Savioli a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 117 concepto de capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

e.z

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Poder Judicial de Río Negro