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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0423/2005
Fecha: 2005-09-20
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ AGUIRREZABALA CARLOS ALBERTO S/ ORDINARIO
Descripción: CONTESTA DEMANDA-EXCEPCIONES-TRASLADO
EXPTE. Nº : 0423/2005.-
CARATULA: "RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ AGUIRREZABALA CARLOS ALBERTO S/ ORDINARIO".-
VIEDMA, septiembre de 2005.-
Por presentado, parte y por constituído domicilio.-
Por contestada en tiempo y forma la demanda, de las excepciones interpuestas, traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
R.B.
ALEJANDRO J. E. MOLDES
-Juez-
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Poder Judicial de Río Negro