Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 20481/05

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-20

Carátula: GAUNA MARIELA Y OTROS S/ AMPARO S/ COMPETENCIA

Descripción: Prov-Amparo-ced

Expte. N°20481/05-STJ-

///MA, 20 de septiembre de 2005.-

-----Por recibidos.-

-----Sin perjuicio de tratar a posteriori la cuestión de competencia, por expresa instrucción del Tribunal, conforme los arts.43 y 44 de la Constitución Provincial, requiérase al señor Presidente del Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Río Negro un amplio informe sobre la cuestión planteada por los amparista el que deberá ser respondido en el plazo perentorio de cuarenta y ocho horas, asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza el instituto (C.S.J.N.,B.2571 XXXVIII del 5-12-04).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Notifíquese por cédula al requerido, al señor Gobernador y al señor Fiscal de Estado de la Provincia, con entrega de copias de la demanda.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - - -- Fdo.:EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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Poder Judicial de Río Negro