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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0293/2008
Fecha: 2008-08-07
Carátula: ROSSI ITALO ROMULO REMO Y MANTEROLA MICAELA S/ SUCESION
Descripción: DECLARATORIA DE HEREDEROS
Viedma, agosto de 2.008.-
Y VISTOS: El pedido de declaratoria de herederos formulado a fs. 40 de estos autos caratulados: "ROSSI ITALO ROMULO REMO Y MANTEROLA MICAELA S/ SUCESION" Expediente Nº 0293/2008;
Y CONSIDERANDO:
1.- Que según las partidas de defunción obrantes a fs. 4 y a fs. 5 se acreditan el fallecimiento de Don Italo Rómulo Remo Rossi, ocurrdo el día 26 de julio de 1992 y de Micaela Manterola, ocurrido el día 13 de agosto de 2007, ambos en la ciudad de Viedma.-
2.- Que con la partida obrante a fs. 6 se acredita el matrimonio de los causantes con acto celebrado en Viedma el día 11 de marzo de 1940.-
3.- Que de dicha unión nacieron sus hijos: Hugo Norberto Rossi el día 5 de agosto de 1947, Nora Mabel Rossi el día 19 de septiembre de 1954, ambos en la ciudad de Viedma, conforme las respectivas partidas de nacimiento que obran a fs. 7 y 8 respectivamente.-
4.- Que a fs. 20 y 21 se encuentran agregados los oficios librados al Registro Público de Juicios Universales que determina el art. 3 de la Ley 788, con los requisitos de la Acordada del Superior Tribunal de Justicia, de cuyos diligenciamientos surgen que las presentes sucesiones no han sido tramitadas.-
5.- Que a fs. 23 y 42 se encuentran agregado los oficios librados al Registro de la Propiedad Inmueble que determina el art. 6 de la Ley Nº 133, mediante los cuales se informa que los causantes no dejaron disposición testamentaria.-
6.- Que a fs. 25/35 corren agregados los recibos y ejemplares del Boletín Oficial y diario Rio Negro, donde consta la publicación de los edictos ordenados, habiendo certificado la Actuaria a fs. 44 sobre el vencimiento del término y resultado de dichas publicaciones.-
7.- Por ello y teniendo en cuenta la conformidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 45, la Fiscalía de Estado a fs. 44 vta. y lo dispuesto por los arts. 3565 y concordantes del Código Civil.-
RESUELVO:
1.- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de Don Italo Rómulo Remo Rossi y de Doña Macaela Manterola le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos: Hugo Norberto Rossi y Nora Mabel Rossi.-
2.- Cése la intervención de la Fiscalía de Estado y del Agente Fiscal.-
3.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro