Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0518/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-07

Carátula: LINARES LEOPOLDO NICANOR Y VACCAREZZA LISIA ESTELA S/ SUCESION

Descripción: TP - HOMOLOGA

EXPTE. Nº 0518/2008.-

CARATULA: LINARES LEOPOLDO NICANOR Y VACCAREZZA LISIA ESTELA S/ SUCESION.-

Viedma, agosto de 2.008.-

Atento a lo solicitado, provéase el escrito de fs. 138:

Tiénese presente el poder acompañado.-

Homológase en todos sus términos el acuerdo de honorarios arribado a fs. 138, último párrafo, quedando establecidos los honorarios del Dr. Conrado Linares y Hernan Linares, en forma conjunta, en la suma de $ 3.000.-

De los aportes acompañados, córrase vista a la Caja Forense.-

A lo demás, oportunamente.-

Alejandro J.E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro