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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0513/2003
Fecha: 2008-08-05
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ SOBERON RAMON ANTONIO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO SUELDO Y OFICIOS
EXPTE. Nro.0513/2003
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ SOBERON RAMON ANTONIO S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2.008.-
Agréguese la boleta de depósito acompañada. Tiénese presente la conformidad de la Caja Forense.-
Atento el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado RAMON ANTONIO SOBERON en las proporciones de ley, como empleado de Search Organización de Seguridad S.A., hasta cubrir la suma de $ 150 en concepto de honorarios, con más la suma de $ 30 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al mencionado Organismo, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger (DNI nº 23.245.963) y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 150 en concepto de Honorarios, debiéndose informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada. s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro