include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37668
Fecha: 2008-08-05
Carátula: MUNICIPALIDAD VILLA REGINA c/GONZALEZ Miguel A. S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion al martillero y acrecidos
General Roca, 5 de agosto de 2.008.-
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Juan Carlos Gimenez en la suma de $ 400....- (M.B. $ 8.143,57 -acuerdo denunciado en autos- )
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Regulo por su actuación (fs. 82) la actuación del martillero designado Próspero Peletay en la suma de $ .120-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 31 ley 2051).
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro