Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0332/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-04

Carátula: ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ ORDINARIO

Descripción: AUDIENCIA PRELIMINAR ART. 361 C.Pr . ORD. -Nueva

EXPTE. N° 0332/2007

CARATULA: ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ ORDINARIO

Viedma, agosto de 2008.-

Atento lo manifestado, constancias obrante en autos y a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase nueva audiencia para el día 09 de septiembre de 2.008 a las 09:30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, haciendo saber a las mismas que quedarán notificadas de todo lo que aconteciere en el acto y que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contraparte, de conformidad con lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr., se le impondrá una multa con destino al servicio informático del Poder Judicial.-

Asimismo, se hace saber que de conformidad con lo dispuesto en el art. 37 del C.Pr. se le impondrá a quien no compareciere injustificadamente la suma de $ 2.000 en calidad de astreintes a favor de la parte contraria.-

Notifíquese por Secretaría.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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