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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 15698IV
Fecha: 2008-08-04
Carátula: PEREZ Juan S/ Sucesión
Descripción: sucesion regulacion 1 y 2 etapa
General Roca, 4 de agosto de 2.008.-
Regulo, por la primera etapa y parte de la segunda los honorarios del Dr. José Perez Gomis en la suma de $ 12.117 a cargo de la heredera y por parte de la segunda etapa al Dr. Tomás Rodriguez en la suma de $ 2.885 a cargo de la heredera (M.B. $ 123.791,90 (fs. 41).- arts. 6, 6 bis 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse condiciones de dominio, gravamenes del inmueble D.C. 05-6-073600, atento a que el informe agregado a fs. 83 y 84 de los autos 38401-III-08 consta que el dominio consta inscripto a nombre de Catalina Elsa Fernandez, argentina N* 9.738.950, viuda de sus primeras nupcias, no mencionando el nombre del cónyuge fallecido.-
Asimismo deberá acompañarse certificado de inhibiciones del causante.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: Se deja constancia que se agregan por cuerda los autos: "FERNANDEZ CATALINA ELSA S/SUCESION" (38401-III-08.-
Secretaría, de agosto de 2.008.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro