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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38872
Fecha: 2008-08-01
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. c/ITURRA Cristian Andres S/ Ejecutivo
Descripción: inicio-Medidas
//eneral Roca, 1 de AGOSTO de 2.008.=
Por presentado, parte y con domicilio.-
Intímese al demandado Cristian Andrés Iturra para que dentro del quinto día de notificado, comparezca al Tribunal a reconocer la firma del documento base de la acción, bajo apercibimiento de dársele por reconocida en caso de incomparecencia, a cuyo efecto, líbrese cédula cédula.-
Trábese embargo sobre el bien denunciado, por las sumas de $ 4.039,50.- en concepto de capital, con más la suma de $ 1.600 que se calculan para costas.
Para su cumplimiento, líbrese oficio a la empleadora haciéndole saber que deberá descontar dichas sumas, en el porcentaje de ley, de los haberes que tenga a percibir el demandado y depositarlas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A., Sucursal General Roca.-
Oportunamente notifíquese al demandado.-
Al Oficial de Justicia Ad-Hoc, no ha lugar, atento el domicilio del ejecutado. Téngase presente la persona facultada.-
Deposítese en Caja Fuerte la documentación de fs. 8/10.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro