Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37940

N° Receptoría:

Fecha: 2008-08-01

Carátula: MORA REIMACHER Lorena del Pilar y Otro c/JOSE E ISAAC SAIONZ S.C.C. S/ Posesión Veinteañal (Ley 4142)

Descripción: clausura.A Defensoria.Prestamo Dr.Joison.-

//neral Roca, 1 de Agosto de 2008.-

Al punto I: téngase presente la reserva efectuada.

Al punto II: Certifique la Actuaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra.Juez:

CERTIFICO:Que el término de producción de prueba se encuentra vencido habiéndose realizada la totalidad de la oportunamente ofrecida por la parte actora.-

SECRETARIA, DE AGOSTO DE 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, de Agosto de 2008.-

Atento la certificación que antecede, clausúrase el término probatorio.-NOT.-

Respecto de la parte demandada, pasen los presentes al Despacho de la Sra Defensor Oficial de Ausentes ( Dra.Silfeni).-

FIRME LA PRESENTE, póngase los autos en Secretaria para que las partes aleguen por su orden (art.482 del CPC).-

FECHO: Concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de TRES DIAS.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro