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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 24185III
Fecha: 2008-08-01
Carátula: CORTEZ Fidel S/ Insanía
Descripción: vta. a despacho//providencia
General Roca, 01 de agosto de 2008.-
Proveyendo a fs. 872: Agréguese el poder acompañado y téngase por presentado en el carácter invocado.-
Líbrese oficio al ANSES a fin de que proceda a depositar en el Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca, a la cuenta de autos y a la orden del Tribunal, los haberes jubilitarios no abonados hasta la fecha del Sr. Fidel Cortez.-
Punto 2) Líbrese oficio al PAMI para que informe la existencia de institutos en que pueda internarse al insano próximo al domicilio de la curadora. Sin perjuicio de ello, hágase saber que la misma deberá proponer un instituto adecuado, el que se evaluará, previa vista a la Defensora de Incapaces.-
Proveyendo a fs. 875: Por presentado y con domicilio constituido.-
No siendo actos que correspondan al seguimiento del insano, ni a su contención, no cabe receptar las manifestaciones formuladas, Deglósese la documentación acompañada y devuélvase a su presentante.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro