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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0392/2008
Fecha: 2008-07-31
Carátula: LINARES CARLOS DAMIAN S/ SUCESION
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: ANGELICA ELBA NAZABAL, MARTIN DAMIAN LINARES, CARLOS ANDRES LINARES, SILVINA LINARES - Dr. Ovidio Castello
Domicilio: BUENOS AIRES 235 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "LINARES CARLOS DAMIAN S/ SUCESION ", Expte. Nº 0392/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, julio 29 de 2.008.- Tiénese presente.-Teniendo en cuenta que las explicaciones brindadas no resultan suficientes por cuanto la documental de fs. 2 es una fotocopia certificada por el Registro Civil de Viedma y la obrante a fs. 3 es una fotocopia certificada por autoridad policial, conteniendo ambas similares correcciones, por sobreescritura de su texto, hágase saber que en el plazo de 72 horas deberán ampliarse las explicaciones efectuadas y asimismo deberán acompañarse a estos autos las partidas originales o nuevas copias certificadas en debida forma. Notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de julio de 2008.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro