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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37599
Fecha: 2008-07-31
Carátula: GALLARDO Faustino S/ Sucesión
Descripción: oblado impuesto//regulación
General Roca, 31 de julio de 2.008.-
Téngase por oblado el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y Contribuciones varias.-
Regulo, por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Hugo Darío Mortada en la suma de $ 13.500.- a cargo de la cónyuge supérstite.- (M.B. $ 155.773.- arts. 6, 6 bis 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse condiciones de dominio, gravamenes y libres deudas de los bienes muebles e inmuebles detallados a fs. 60.-
Asimismo deberá acompañarse certificado de inhibiciones del causante.-
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Poder Judicial de Río Negro