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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0248/2007
Fecha: 2008-07-29
Carátula: CERDEYRA JORGE EDUARDO C/ GARMAZ ANA MARIA S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Caja Forense
Domicilio: Belgrano 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CERDEYRA JORGE EDUARDO C/ GARMAZ ANA MARIA S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0248/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, julio 11 de 2.008.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: -.I. Desestimar la demanda interpuesta a fs. 55/63 por el sr. Jorge Eduardo Cerdeyra contra la sra. Ana María Garmaz.--.II. Imponer las costas a la parte actora (art. 68 C.Pr.) y regular los honorarios profesionales del Dr. Juan Carlos Montecino en la suma de $ 3.388 (coef. 50 % del 13 % + 40 %) y los de los Dres. Fernando Arturo Casadei y Juan Alfredo Kissner, en forma conjunta, en la suma de $ 4.622 (coef. 9 % + 40 %) (MB $ 36.682,72) (arts. 1, 3, 6, 7, 19, 37, 38 y conc. L.A.). Notifiquese a la Caja Forense y cumplase con la ley 869.--.III. Registrese, protocolicese y notifiquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, julio de 2.008.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro