include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14799-030-08
Fecha: 2008-07-11
Carátula: LISTA GUILLERMO ALEJANDRO / SALTO LUCIA MABEL S/ DIVISION DE CONDOMINIO
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:14799-030-08
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río
Negro, a los 07 días del mes de Julio de dos
mil ocho reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE
MINERIA de la IIIa. Circunscripción Judicial; dres.
Edgardo J. Camperi, Horacio Carlos Osorio y Juan A.
Lagomarsino, luego de haberse impuesto individualmente de
esta causa caratulada :"LISTA Guillermo Alejandro c/
SALTO Lucía Mabel s/ DIVISION DE CONDOMINIO MONITORIA",
expte. nro. 14799-030-2008 (Reg. Cám.), y discutir la
temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la
Actuaria-, los sres. Jueces emitieron su voto en el orden
establecido en el sorteo practicado a fs. 22, respecto de
la siguiente cuestión a resolver: ¿Qué pronunciamiento
corresponde dictar?.
A la cuestión planteada el dr. Camperi dijo:
Vienen estos autos al acuerdo con motivo de la
solicitud de apartamiento que a fs. 20 hubo formulado el
dr. Luis. M. Escardó.-
En atención a la relación de parentesco que une
al colega mencionado con el actor (cuñados) creo que no
queda otra alternativa que aceptar la excusación del dr.
Luis M. Escardó, lo que así me adelanto a proponer (art.
17, inc. 1º CPCC.).-
A la misma cuestión los dres. Osorio y
Lagormarsino dijeron:
Por iguales fundamentos a los expresados en su
voto por el dr. Camperi, adherimos.-
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y
COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) Aceptar la excusación planteada por el
dr. Luis M. Escardó, teniéndolo por apartado del
conocimiento de la presente causa.-
2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo
aquí decidido, disponiendo que oportunamente se practique
nuevo cómputo de plazos para resolver.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Horacio Carlos Osorio Juan A. Lagomarsino
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro