Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23096/08

N° Receptoría:

Fecha: 2008-07-16

Carátula: INTERNOS ESTABLECIMIENTO E.R.A. N°7- POMONA- S/ AMPARO

Descripción: Prov-Amparo

Expte. N°23096/08-STJ-

///MA, 16 de julio de 2008.-

-----Por recibidos.-

-----Por promovida acción de amparo de en los términos del art. 43 de la Constitución Provincial.- - - - - - - - - - - - - - - --

-----Requiérase a la Secretaría de Seguridad y Justicia de la Provincia (S.PP.Ley 3008) un amplio informe sobre la cuestión planteada por los amparistas el que deberá ser respondido en el plazo perentorio de CINCO (5) días, asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza el instituto (C.S.J.N.,B.2571 XXXVIII del 5-12-04), como así mismo informe a que Tribunales dependen cada uno de los internos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Notifíquese por cédula al señor Gobernador, al señor Secretario de Seguridad y Justicia y al señor Fiscal de Estado de la Provincia, con entrega de copia de la acción deducida a fs.1.- -----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - - -- Fdo.:LUIS LUTZ PRESIDENTE SUBROGANTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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