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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34718
Fecha: 2005-09-19
Carátula: PETRINGA Lelia c/SALOMON Miguel S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio de embargo.-
//neral Roca, 19 de Setiembre de 2005.-
Al punto I, en atención a lo solicitado por la actora y no habiendo dado cumplimiento el accionado con el acuerdo homologado a fs. 204, téngase por decaído el mismo.-
Al punto II, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la empleadora Poder Judicial de la Provincia de Río Negro, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir la suma de $ 7.702,40 en concepto de capital con más la suma de $ 3.000 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro