Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32958IV

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-19

Carátula: CONTRERAS Lorena A. c/RUIZ Manuela S/ Inc. Rend. Ctas.

Descripción: se revoca a la clausura oportunamente

Sr. JUEZ:

CERTIFICO: Que el presente expediente fue remitido a la Defensoria de la Dra. Silfeni el 08.06.2005, siendo devuelto el 19.07.2005, lo que surge de las constancias del cuaderno interno del Tribunal y de la "salida de letra" del expediente en el sistema.-

Secretaría, 19 de septiembre de 2.005.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 19 de septiembre de 2.005.-

Atento la certificación que antecede, déjese sin efecto la providencia de fs. 159 vta.-

Informando el actuario que de la prueba oportunamente ofrecida y atento la certificación obrante a fs. 139, aun resta producir a la parte actora la documental en poder de una parte, a la clausura solicitada, oportunamente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro