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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37872
Fecha: 2008-07-10
Carátula: SEGUEL Marta A. c/Soc. Merc.Carácter Colectivo JOSE E ISAAC SAIONZ S/ Usucapion (Ley 4142)
Descripción: regulacion.dictamen de Rentas.-
//neral Roca, 10 de JULIO de 2008.-
Téngase presente y hágase saber el dictamen de Rentas.-
Atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales del Dr.JUAN ANGEL ELIZONDO en la suma de $ 1.630.- y Dr. ANDRES AMADINI en la suma de $1.630.- respectivamente.- MB:$ 23.287,32 valuación agregada a fs. 174.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla (arts.6, 7 y 38 Ley 2212 RN).-
Notifiquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro