Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37872

N° Receptoría:

Fecha: 2008-07-10

Carátula: SEGUEL Marta A. c/Soc. Merc.Carácter Colectivo JOSE E ISAAC SAIONZ S/ Usucapion (Ley 4142)

Descripción: regulacion.dictamen de Rentas.-

//neral Roca, 10 de JULIO de 2008.-

Téngase presente y hágase saber el dictamen de Rentas.-

Atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales del Dr.JUAN ANGEL ELIZONDO en la suma de $ 1.630.- y Dr. ANDRES AMADINI en la suma de $1.630.- respectivamente.- MB:$ 23.287,32 valuación agregada a fs. 174.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla (arts.6, 7 y 38 Ley 2212 RN).-

Notifiquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro