Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36660

N° Receptoría:

Fecha: 2008-07-08

Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/Suc. BAGLIANI Y PICCHIO Francisco S/ Ejecutivo

Descripción: regulacón acrecidos

//neral Roca, 08 de JULIO de 2008.=

Agréguese.

Regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Pablo Bergonzi en la suma de $1.900.- (M.B. $ 34.177,11.- planilla aprobada a fs. 209, arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro