include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1814/01/6
Fecha: 2008-07-07
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ ALBANO MARIO ESTEBAN S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO AUTOMOTOR
EXPTE. No 1814/01/6
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ ALBANO MARIO ESTEBAN S/ EJECUTIVO.-
Viedma, julio de 2.008.-
Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, trábese embargo sobre el automotor dominio BEK-542, hasta cubrir las sumas de $ 4.162 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.000 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre del demandado, MARIO ESTEBAN ALBANO. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor de esta ciudad, haciendo constar en el mismo las personas facultadas para su diligenciamiento.-
Sin perjuicio de ello manifiéstese con relación al embargo decretado a fs. 104 y 114.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro