Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1814/01/6

N° Receptoría:

Fecha: 2008-07-07

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ ALBANO MARIO ESTEBAN S/ EJECUTIVO

Descripción: EMBARGO AUTOMOTOR

EXPTE. No 1814/01/6

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ ALBANO MARIO ESTEBAN S/ EJECUTIVO.-

Viedma, julio de 2.008.-

Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, trábese embargo sobre el automotor dominio BEK-542, hasta cubrir las sumas de $ 4.162 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.000 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre del demandado, MARIO ESTEBAN ALBANO. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor de esta ciudad, haciendo constar en el mismo las personas facultadas para su diligenciamiento.-

Sin perjuicio de ello manifiéstese con relación al embargo decretado a fs. 104 y 114.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro