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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36218
Fecha: 2008-07-07
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/HIDALGO Juan C. S/ Ejecutivo
Descripción: se aprueba liquidacion.se concede vista.-
//neral Roca, 07 de JULIO de 2008.-
Al punto I, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.110 vta y no habiendo sido observada la planilla de liquidación practicada a fs.108/110 por el demandado vencido el término para hacerlo, aprúebase la misma en cuanto ha lugar por derecho y por la suma de $ 7.894,46 al 27/05/2008.-
Al punto II, trábese nuevo embargo sobre los haberes que tenga a percibir el demandado en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 7.894,46 en concepto de capital con más la de $ 3.200 calculados para intereses y costas.- Para su cumplimiento líbrese carta documento a cargo de la actora.-
Los fondos embargados deberán ser depositados en el BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y en la cuenta judicial de autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Al punto III, atento la proximidad de la feria judicial, al préstamo solicitado no ha lugar.-
Concédese vista de las presentes actuaciones por Mesa de Entrada.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro