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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0906/00/5
Fecha: 2008-07-04
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ BAEZ ENRIQUE ARNALDO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO AUTOMOTOR
EXPTE. No 0906/00/5
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ BAEZ ENRIQUE ARNALDO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, julio de 2.008.-
Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, trábese embargo sobre el automotor Dominio AZL-343, hasta cubrir las sumas de $ 3.360,33 en concepto de monto de liquidación aprobada, con más la suma de $ 3.850 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre del demandado ENRIQUE ARNALDO BAEZ. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Automotor.-
Sin perjuicio de ello, manifiéstese respecto al embargo decretado a fs. 63.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro