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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37850
Fecha: 2008-07-04
Carátula: GUTIERREZ Diana Andrea c/ASOCIACION CIRCULO POLICIAL de Suboficiales y Ag. S/ Ordinario
Descripción: Acta Preliminar//a Cédula
Autos: "GUTIERREZ Diana Andrea c/ASOCIACION CIRCULO POLICIAL de Suboficiales y Ag. S/ Ordinario" (Expte. Nro. 37850)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 3 de julio de 2008 , a las 9 horas, comparecen ante S.S. y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha, la Sra. Diana Andrea Gutierrez con el patrocinio del Dr. Sandro F. Chaina Abierto el acto se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada por lo que se aplica la multa de $ 500 respecto de la misma de acuerdo al apercibimiento fijado a fs. 91 a cuyo efecto notifíquese. No hay posibilidades de llegar a un acuerdo se abre el juicio a prueba fijando los hechos controvertidos en comprobación de la primer relación contractual que invoca la actora, y la modificación unilateral por parte de la demandada de acuerdo al instrumento de fs. 12/15 que no fuera aceptado según su versión.Conforme a ello se fija audiencia de prueba la que se fija para el día 26 de noviembre de 2008 a las 8,30 hs. ,de lo que quedan las partes notificadas en este acto. Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora Gutierrez Diana Andrea (fs. 52)
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
DOCUMENTAL EN PODER DE LA DEMANDADA: Intímese a la demandada a que en el término de cinco.días acompañe la documentación que obre en su poder referida a la relacion contractual entre ella y la actora, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 388 del C.P.C.. Para su cumplimiento, líbrese cédula.-
INFORMATIVA: Para que informen lo requerido en el término de veinte días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C. líbrese oficio a la Camara de Apelaciones, al Registro de la Propiedad Inmueble y a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.-
INFORMATIVA EN SUBSIDIO: Se desiste en razón de los efectos que produce la incontestación de demanda decretada a fs.85 .-
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones del Representante Legal de la Asociación Circulo Policial de Suboficiales y Ag. SR. estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Notifíquese mediante cédula .
PERICIAL CALIGRÁFICA Desiste a no ser hecho controvertido.-
PERICIAL CONTABLE Para el sorteo de perito contador, fíjase la audiencia del día 10 de julio de 2008 a las 10,00 hs.. Notifíquese mediante cédula al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-
TESTIMONIAL : Para la declaración testimonial de Flavia Lorena Laurin, Hugo Mario Vera, Maura Leon, Gustavo Alberto Martin y Ana Elisa Gomez, fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédula.-
Proveyendo la prueba ofrecida por la parte: Demandada: Asociación Ciruculo Policial de Suboficiales y Ag.(fs.96)
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de Gutierrez Diana Andrea estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.
TESTIMONIAL : Para la declaración testimonial de Lagos Dario Daniel, Antiqueo Mario Ariel, Rivero Fernando Martin fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédula.-
INFORMATIVA: No ha lugar por no ser un hecho controvertido.-
INSTRUMENTAL: A la instrumental no ha lugar por no ser hecho controvertido.-No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
ASOCIACION CIRCULO POLICIAL VALLETANO DE SUB-OFICALES Y AGENTES DE POLICIA DE RIO NEGRO - Sr. ARLOS VIRGILIO MATUS
Dr. GUILLERMO C. IBAÑEZ
25 de mayo 1850 (constituído)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GUTIERREZ Diana Andrea c/ASOCIACION CIRCULO POLICIAL de Suboficiales y Ag. S/ Ordinario" (Expte. N* 37850) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: ".En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 3 de julio de 2008 , a las 9 horas, comparecen ante S.S. y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha, la Sra. Diana Andrea Gutierrez con el patrocinio del Dr. Sandro F. Chaina Abierto el acto se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada por lo que se aplica la multa de $ 500 respecto de la misma de acuerdo al apercibimiento fijado a fs. 91 a cuyo efecto notifíquese - Firmado Dra.Susana T. Burgos. Juez.- "
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 03 de julio de 2008.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro