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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35505
Fecha: 2008-07-04
Carátula: CREDIL S.R.L. c/SEMAAN Ricardo Oscar S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion por acrecidos.-
//neral Roca, de JULIO de 2008.-
Atento el estado de autos y previo a lo solicitado, regulo los honorarios profesionales por acrecidos de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA en la suma de $ 100-MB:$ 840,49 extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituaciòn de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obrenido a través de auqélla (arts.6, 6 bis, 7,8 y 40 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro