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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0288/2008
Fecha: 2008-07-03
Carátula: LOPEZ DOMINGO S/ SUCESION
Descripción: -traer certificado de nacimiento - oficiese al RPJU
EXPTE. Nº 0288/2008
CARATULA: LOPEZ DOMINGO S/ SUCESION
Viedma, julio de 2008.-
Al escrito de fs. 11:
Tiénese presente, en consecuencia, hágase saber que deberá acompañarse los certificados de nacimiento del causante y de la sra. Ducas, o en su caso producir la correspondiente información sumaria.-
Proveyendo a fs. 12:
Atento lo manifestado, teniendo en cuenta que el Juzgado en lo Civil n° 7 de General Roca no existe en la actualidad, requiérase al Registro Público de Juicios Universales, dependiente del Superior Tribunal de Justicia, que informe en qué Juzgado ha quedado radicada la quiebra del sr. Domingo López. Ofíciese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro