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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36833
Fecha: 2008-07-03
Carátula: PORTALES Francisco Amor S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: regulacion de honorarios.-
//neral Roca, 3 de JULIO de 2008.-
Atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales del Dr. SERGIO CARLOS D'AGNILLO en la suma de $100.y Dra. MARTA ZUBIRI en la suma de $..100.respectivamente por las tareas desarrollas.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts.6, 6 bis, y Ley 2212 RN).-
Notifiquese y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro