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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34139III
Fecha: 2008-07-03
Carátula: CREDIL S.R.L. C/VENTURA Vargas Pedro S/ Ejecutivo
Descripción: proveido.-
//neral Roca, 3 de JULIO de 2008.-
Al punto 1, agréguese cheque librado en autos sin percibir y anúlese el mismo.-
Al punto 2, agréguese el nuevo informe de saldo adjuntado.-
Al punto 3, atento el ínfimo monto depositados en la cuenta judicial de autos ($ 0.09), al cheque solicitado no ha lugar.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro