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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38472
Fecha: 2008-07-03
Carátula: CARRASCO Luis Alfredo S/ Sucesión (Ex 883-XI-07)
Descripción: DECLARATORIA
//neral Roca, 03 de JULIO de 2008.=
VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "CARRASCO LUIS ALFREDO S/SUCESION" (Expte. Nro. 38.472-III-08).-
CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Luis Alfredo Carrasco ocurrido el 02-03-02 en General Roca (Río Negro), certificado a fs.1.
El causante se encontraba unido en matrimonio con María Luisa Gómez, por acto celebrado el 23-12-59 en San Carlos de Bariloche (RN), certificado a fs. 11.-
De dicha unión nacieron:
Raúl Alfredo Carrasco: el 03 de junio de 1961 en San Carlos de Bariloche (RN), certificado a fs. 2.-
Luis Daniel Carrasco: el 24 de enero de 1964 en San Carlos de Bariloche (RN), certificado a fs. 3.-
Jorge Oscar Carrasco: el 15 de septiembre de 1965 en San Carlos de Bariloche (RN), certificado a fs. 4.
Luisa Olga Carrasco: el 18 de abril de 1960 en San Carlos de Bariloche (RN), certificado a fs. 42.
A fs. 15 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-
A fs. 23 y 32 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-
A fs. 27/9 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de LUIS ALFREDO CARRASCO, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos RAUL ALFREDO, LUIS DANIEL, JORGE OSCAR y LUISA OLGA de apellido CARRASCO GOMEZ, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite MARIA LUISA GOMEZ sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro